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LEYES DE CATALUÑA
Volver a Leyes de Cataluña
LEY2/2006, de 6 de marzo, del Plan Estadístico de Cataluña 2006-2009.
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Jueves 6 abril 2006

BOE núm. 82

cución de las actividades estadísticas reclama la participación de distintos organismos o instituciones.

La presente ley refuerza las medidas para que la cesión de información estadística se adecué a la normativa del secreto estadístico y a la Ley orgánica 15/1999, del 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y amplía los criterios para la cesión de los datos estadísticos entre las instituciones y los órganos del Sistema Estadístico de Cataluña. Asimismo, la presente ley crea el Registro de Ficheros Estadísticos, referidos tanto a personas físicas como jurídicas, que las instituciones y los órganos del Sistema Estadístico de Cataluña forman exclusivamente para elaborar estadísticas de interés de la Generalidad.

Por último, la presente ley impulsa la participación del Instituto de Estadística de Cataluña en el sistema estadístico europeo, en colaboración con el Instituto Nacional de Estadística, y en los foros de debates europeos e internacionales en estadística oficial. La presente ley promueve también la actualización del convenio vigente entre el Instituto de Estadística de Cataluña y el Instituto Nacional de Estadística para el intercambio de conocimientos y prácticas estadísticas así como para llevar a cabo colaboraciones. Se establece también que el Instituto de Estadística de Cataluña esté presente en las reuniones de los órganos estadísticos de la Unión Europea. Asimismo, los agentes del sistema estadístico deben reforzar la calidad y difusión de sus estadísticas, de acuerdo con el código de buenas prácticas de las estadísticas europeas y la recomendación de la Comisión de las Comunidades Europeas, relativa a la independencia, la integridad y la responsabilidad de las autoridades estadísticas y de los Estados miembros y de la Comunidad [COM (2005) 217 final, del 25 de mayo de 2005].

CAPÍTULO I Disposiciones generales

Artículo 1. Ordenación y planificación de la estadística de interés de la Generalidad.

1. El Plan Estadístico de Cataluña es el instrumento de ordenación y planificación de la estadística de interés de la Generalidad, en los términos establecidos por la Ley 23/1998, del 30 de diciembre, de estadística de Cataluña.

2. Pueden hacer estadísticas de interés de la Generalidad las instituciones y los organismos que establece el artículo 7 de la Ley 23/1998.

3. Quedan fuera del ámbito de aplicación de la presente ley los estudios de opinión de la Generalidad, cuya ordenación está determinada por el Decreto 1/2005, del 11 de enero, por el que se regula la elaboración y la publicidad de los estudios de opinión de la Generalidad, y por el resto de normativa de aplicación.

Artículo 2. Período de aplicación del Plan.

1. El Plan Estadístico regulado por la presente ley establece sus objetivos para el período de tiempo comprendido entre la fecha de inicio de vigencia y el 31 de diciembre de 2009.

2. Si el 1 de enero de 2010 no ha entrado en vigor un nuevo Plan Estadístico de Cataluña, queda automáticamente prorrogada la vigencia del presente hasta que se apruebe el nuevo.

Artículo 3. Objetivos generales y específicos del Plan.

Los objetivos generales y específicos del Plan Estadístico de Cataluña 2006-2009 se estructuran de modo secuencial para asegurar el suministro de datos necesario

para el conocimiento de la realidad, así como para la toma de decisiones y su evaluación ulterior por los agentes sociales, económicos y políticos, entre otros.

CAPÍTULO II Ejes estratégicos del Plan

Artículo 4. Ejes estratégicos del Plan.

El Plan Estadístico de Cataluña 2006-2009 se estructura en un conjunto de cinco ejes estratégicos, entendidos como los campos temáticos donde se identifican los objetivos generales del Plan y las actividades estadísticas que se les asocian. Los ejes estratégicos del Plan son los siguientes:

a) Población: agrupa las estadísticas estructurales y de flujos de la población catalana, con especial incidencia en el tratamiento estadístico de las migraciones y en los retos de la estadística de base territorial, de la forma más amplia y exhaustiva posible.

b) Cohesión social, medio ambiente y sostenibil¡dad: agrupa las estadísticas y los indicadores de carácter social, potencia la producción estadística sobre el medio ambiente y la sostenibilidad y abarca la máxima información en materia de calidad y condiciones de vida de la población, de relaciones laborales y de provisión de servicios educativos y sanitarios.

c) Cuentas y macromagnitudes económicas: comprende la estadística macroeconómica, la actividad de los sectores productivos y los conceptos de la demanda agregada de la economía catalana, con especial referencia a la evolución coyuntural de esta y a los aspectos relacionados con la nueva economía, productividad y competitividad del sistema económico de Cataluña.

d) Actividades estadísticas instrumentales: cubren las prestaciones del órgano estadístico oficial en materia de coordinación del Sistema Estadístico de Cataluña, apoyo y asistencia técnica a los entes y órganos que forman parte del Sistema Estadístico de Cataluña para la elaboración de estadísticas oficiales, normalización técnica, innovaciones metodológicas e instrumentos de base para su producción y difusión estadística, incluyendo los registros y directorios que facilitan marcos de muestras o su explotación estadística.

e) Difusión estadística: comprende esencialmente las prestaciones del órgano estadístico oficial en la difusión de los resultados estadísticos del conjunto del sistema estadístico catalán, incluyendo la articulación de un sistema de indicadores estadísticos homogéneo, así como las actividades de promoción y divulgación de la estadística catalana.

CAPÍTULO III Objetivos generales del Plan

Artículo 5. Objetivos generales del Plan.

Los ejes estratégicos se desarrollan en un conjunto de objetivos generales que constituye la relación de los retos informacionales e instrumentales que deben ser alcanzados durante el período de vigencia del Plan Estadístico de Cataluña 2006-2009.

Artículo 6. Población.

El eje estratégico «Población» se desarrolla en los siguientes objetivos generales:
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