1824
Viernes 16 enero 2004
BOE núm. 14
888 LEY 23/2003, de 23 de diciembre, de creación del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.
En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Estatuto de Autonomía.
PREÁMBULO
I
La protección del medio ambiente constituye uno de los principios rectores de la política social y económica, amparado por el artículo 45 de la Constitución española, que establece que todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo, y que los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.
Dentro de la distribución de competencias que, en materia de medio ambiente, lleva a cabo el texto constitucional, corresponde a las comunidades autónomas la gestión en materia de protección del medio ambiente (artículo 148.1.9), y al Estado, la legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las comunidades autónomas de establecer normas adicionales de protección, así como la legislación básica en materia de montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias (artículo 149.1.23).
En este sentido, el Estatuto de Autonomía de Aragón, en la redacción dada por la Ley Orgánica 5/1996, de 30 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto, establece en sus artículos 35.1.15.a y 1 7.a y 37.3 las competencias que, en materia de medio ambiente, corresponden a la Comunidad Autónoma de Aragón.
II