TodaLaLey
Inicio TodaLaLey

Textos Completos
Boletines Nacionales
Boletines Autonómicos
Boletines Provinciales

Legislación
Leyes Orgánicas
Leyes Ordinarias
Reales Decretos Leyes
Reales Decretos Legislativos
Leyes de CC.AA.

Contratos
Civiles
Mercantiles

Formularios
Administrativos
Procesales
Más formularios

Guías
Civiles
Mercantiles
Laborales
Administrativas y Procesales

Administración Pública
Admiweb
Becas
Ayudas y Subvenciones
Concursos
Empleo Público

Otros
Libros
Hoteles
Postales
Cursos, Masters y oposiciones
Canal Hipoteca
Tu Divorcio

LEYES DE LA RIOJA
Volver a Leyes de La Rioja
LEY 6/2004, de 18 de octubre, de Cajas de Ahorros de La Rioja.
Pág. 1 de 25    Pag +
Versión para imprimir 

BOE núm. 272

Jueves 11 noviembre 2004

37149

19174 LEY 6/2004, de 18 de octubre, de Cajas de Ahorros de La Rioja.

EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA

Sepan todos los ciudadanos que el Parlamento de La Rioja ha aprobado, y yo, en nombre de su Majestad el Rey y de acuerdo con el que establece la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente Ley.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Comunidad Autónoma de La Rioja en ejercicio de la competencia atribuida en el artículo 9 de la Ley 3/1982, de 9 de junio, por el que se aprobó el Estatuto de Autonomía de La Rioja y de conformidad con lo previsto en la Ley 31/1985, de 2 de agosto, de Regulación de las Normas Básicas sobre órganos de gobierno dictó los Decretos 7/1986, de 21 de febrero, sobre competencias de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de Cajas de Ahorros; 28/1986, de 22 de mayo, de regulación de las normas básicas sobre órganos rectores de las Cajas de Ahorros; 35/1986, de 5 de septiembre, por el que se modifica el Decreto de 22 de mayo de 1986; 32/1988, de 8 de julio, de distribución de com-
Pág. 1 de 25    Pag +
Versión para imprimir

Hoteles
Hoteles Barcelona
Hoteles Madrid
Hoteles Málaga
Hoteles Mallorca
Hoteles Sevilla
Hoteles Tenerife