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LEYES DE MURCIA
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LEY 3/2004, de 27 de mayo, de modificación de la Ley 6/2003, de 12 de noviembre, de los Consejos Reguladores.
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14342 LEY3/2004, de 27 de mayo, de modificación de la Ley 6/2003, de 12 de noviembre, de los Consejos Reguladores.

EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA

Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley 3/2004,

de 27 de mayo, de modificación de la Ley 6/2003, de 12 de noviembre, de los Consejos Reguladores.

Por consiguiente, al amparo del artículo 30. Dos, del Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley:

La Ley 6/2003, de 12 de noviembre, de los Consejos Reguladores, faculta en su disposición adicional al Consejero de Agricultura, Agua y Medio Ambiente para realizar las adaptaciones de la normativa vigente, tanto para la creación de los futuros consejos y de los órganos de gestión como para la aprobación de los reglamentos.

La presente ley introduce una modificación con el propósito de unificar el rango normativo de los futuros consejos y órganos de gestión con los ya existentes.

Artículo 1. Modificación a la Ley 6/2003, de 12 de noviembre, de los Consejos Reguladores.

La disposición adicional de la Ley 6/2003, de 12 de noviembre, de los Consejos Reguladores, quedará redactada de la siguiente forma:

«Disposición adicional.

Se faculta al Consejero de Agricultura, Agua y Medio Ambiente para realizar las adaptaciones necesarias a la normativa vigente y para la creación, previa comunicación a la Asamblea Regional, de los futuros consejos y de los órganos de gestión, así como para la aprobación de sus reglamentos.»

Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan y a losTribunales y Autoridades que corresponda que la hagan cumplir.

Murcia, 27 de mayo de 2004.

RAMÓN LUIS VALCÁRCEL SISO, Presidente

(Publicada en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» número 135, de 14 de junio de 2004}
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