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LEY 7/2006, de 24 de abril, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre.
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15752

Martes 25 abril 2006

BOE núm. 98

1564/1989, de 22 de diciembre, se modifica en los siguientes términos:

Uno. Se añade un apartado 4 al artículo 181, con la siguiente redacción:

«4. Las sociedades cuyos valores estén admitidos a negociación en un mercado regulado de cualquier Estado miembro de la Unión Europea no podrán formular balance abreviado.»

Dos. Se añade un apartado 4 al artículo 190, con la siguiente redacción:

«4. Las sociedades cuyos valores estén admitidos a negociación en un mercado regulado de cualquier Estado miembro de la Unión Europea no podrán formular cuenta de pérdidas y ganancias abreviada.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Por tanto.

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.

Madrid, 24 de abril de 2006.

El Presidente del Gobierno, JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ ZAPATERO

JUAN CARLOS R.
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