22416
Lunes 12 junio 2006
BOE núm. 139
Artículo tercero. Modificación de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo.
Se modifica el párrafo segundo del artículo 12.1 de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo, quedando con la siguiente redacción:
«Los compradores de viviendas protegidas no podrán transmitirlas «Ínter vivos» ni ceder su uso por ningún título, durante el plazo mínimo de diez años desde la fecha de formalización de la adquisición, con las excepciones que reglamentariamente se establezcan.»
Sevilla, 16 de mayo de 2006.
MANUEL CHAVES GONZÁLEZ, Presidente
(Publicada en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» número 98, de 24 de mayo de 2006}