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Miércoles 8 noviembre 2006
BOE núm. 267
avance y progreso de nuestra Región no se vea estancado por la escasez de agua.
El Ente Público del Agua se ha demostrado como una herramienta adecuada para conseguir esos fines; pero en el desarrollo de su actividad, como institución novedosa, pionera y original se ha apreciado la necesidad de dotarla de mecanismos administrativos que permitan un funcionamiento más ágil.
Con este propósito, la presente proposición de ley introduce una modificación en el artículo 9.1.a) de la Ley 4/2005, de 14 de junio, del Ente Público del Agua.
Artículo 1. Modificación del apartado a) del punto 1 del artículo 9.
«9.1.a) Realizar toda clase de operaciones económicas y financieras, celebrar todo tipo de contratos, otorgar préstamos, prestar avales y conceder subvenciones corrientes y de capital, así como garantizar ante terceros cualquier operación ya sea realizada directamente o a través de las empresas de su grupo en cualquiera de las fórmulas admisibles en Derecho, sin más limitaciones que las establecidas en esta Ley y en sus Estatutos.»
Portante, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan y a losTribunales y Autoridades que corresponda que la hagan cumplir.
Murcia, 10 de abril de 2006.-EI Presidente, Ramón Luis Valcárcel Siso.
(Publicada en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» número 86, de 15 de abril de 2006}