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Miércoles 26 julio 2000
BOEnúm. 178
riesgo, y no sólo de sociedades como hasta el momento, así como autorizar al Gobierno para que pueda modificar, mediante decreto, los aspectos funcionales de la actividad y composición del comité ejecutivo.
Por otro lado, la Ley 23/1984, de 28 de noviembre, configura el Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones como entidad de derecho público, con personalidad jurídica propia, cuya actividad está sujeta al régimen jurídico privado. Dicha Ley regula, en primer lugar, las funciones del Laboratorio, relativas a colaborar con la industria, mediante ensayos e investigaciones; en segundo lugar, regula su estructura orgánica, constituida por el consejo de administración, el consejo asesor y el director o directora general, y, finalmente, regula el régimen de acuerdos de sus órganos y los recursos económicos que se le asignen.
Con el fin de adecuar la composición del consejo de administración a las nuevas necesidades, y ajustar algunos aspectos funcionales de la actividad de dicho órgano y del consejo asesor, resulta necesaria la modificación de la Ley 23/1984, de 28 de noviembre, del Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones.
Para que resulte más ágil y eficaz llevar a cabo dichas modificaciones, el objetivo de la presente Ley es autorizar al Gobierno para que, mediante decreto, modifique los artículos que puedan resultar afectados.
Artículo 1. Modificación de la Ley 5/1985.
1. Se modifica el artículo 1 déla Ley 5/1985, de 16 de abril, de creación del Centro de Información y Desarrollo Empresarial, que queda redactado del siguiente modo:
«Artículo 1.
Se crea el Centro de Innovación y Desarrollo Empresariales (Cidem), que tiene la consideración de entidad de derecho público, del tipo establecido en el artículo 4.2 de la Ley de Finanzas Públicas de Cataluña.»
2. Las referencias en el preámbulo de la Ley 5/1985 al «Centro de Información y Desarrollo Empresarial
(Cidem)» deben entenderse hechas al «Centro de Innovación y Desarrollo Empresariales (Cidem)».
3. Se modifica el artículo 3.1.d) de la Ley 5/1985, de 16 de abril, de creación del Centro de Información y Desarrollo Empresarial, que queda redactado del siguiente modo:
«d) Participar en operaciones de capital riesgo y en la creación de entidades de esta naturaleza, mediante la suscripción de acciones o participaciones representativas de capital social.»
Artículo 2. Modificación de la composición de los órganos rectores y del régimen de las reuniones.
Se autoriza al Gobierno para la modificación, mediante decreto, de la composición de los órganos rectores y del régimen de las reuniones, establecido en la Ley 5/1985, de 16 de abril, de creación del Centro de Información y Desarrollo Empresarial, y en la Ley 23/1984, de 28 de noviembre, del Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones.
Disposición final.
La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña».
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley cooperen en su cumplimiento y que los tribunales y autoridades a los que corresponda la hagan cumplir.
Palacio de la Generalidad, 19 de junio de 2000.
ANTONI SUBIRÁ I CLAUS,
Consejero de Industria, Comercio
y Turismo
JORDI PUJOL, Presidente
(Publicada en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» número 3.174, de 4 de julio de 2000)