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LEY 1/2007, de 16 de marzo, contra la contaminación acústica de las Islas Baleares. |
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17846
Lunes 23 abril 2007
BOE núm. 97
8447 LEY 1/2007, de 16 de marzo, contra la contaminación acústica de las liles Balears.
EL PRESIDENTE DE LAS ILLES BALEARS
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de las liles Balears ha aprobado y yo, en nombre del Rey, y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 27.2 del Estatuto de Autonomía, tengo a bien promulgar la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La promulgación de la Directiva del Parlamento Europeo 2002/49/CE y su casi inmediata transposición al derecho interno español a través de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido (BOE núm. 276, de 18 de noviembre), han supuesto la plasmación en nuestro ordenamiento jurídico del tratamiento moderno de la contaminación acústica. Esta ley ha alcanzado así mismo un objetivo de gran importancia como es el de aglutinar la dispersión normativa existente hasta ese momento en una sola norma general reguladora de ámbito estatal.
Este nuevo dimensionamiento del concepto de ruido parte de la consideración del mismo como elemento gravemente perturbador del bienestar ciudadano, y la actuación contra y frente al mismo proviene del mandato constitucional de proteger la salud de la ciudadanía (artículo 43 de nuestra carta magna) y el medio ambiente (artículo 45).
Es en este sentido en el que se debe actuar y las liles Balears, pioneras ya en el año 1987 con la promulgación del Decreto 20/1987, de 26 de marzo, no quieren dejar pasar la oportunidad de seguir actuando en materia de contaminación acústica con una ley que, dando entrada a los nuevos principios emanados de la Unión Europea, recogidos en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, sea capaz de conjugar, tarea nada fácil, los indiscutibles derechos al descanso, a la salud y a la intimidad de las personas, con
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