BOE núm. 197
Viernes 17 agosto 2007
35089
15546 LEY 10/2007, de 30 de julio, del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña.
EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 65 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente Ley 10/2007, de 30 de julio, del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña.
PREÁMBULO
El Estatuto de autonomía de Cataluña garantiza a la Generalidad una pluralidad de títulos competenciales desde los que puede abordarse la materia de la seguridad. El Estatuto establece las competencias de la Generalidad en esta materia, tanto en lo referente a la seguridad pública como a la privada.
En los últimos años, el Parlamento, en el ámbito de sus competencias, ha elaborado una serie de leyes que dan testimonio de este hecho, relativas a la Policía de la Generalidad-Mossos d'Esquadra, a las policías locales, a la prevención y extinción de incendios y a los salvamentos, a la protección civil, al tránsito y al medio natural.
En este contexto, un hecho importante ha sido la aprobación de la Ley 4/2003, de 7 de abril, de ordenación del sistema de seguridad pública de Cataluña, la cual representa un paso cualitativo indudable en la consideración de la seguridad como un sistema integral capaz de asegurar a los ciudadanos de Cataluña la libertad y la tranquilidad en la actual sociedad del riesgo.
Esta garantía debe provenir de iniciativas y políticas transversales modernas que valoren a la vez el respeto a los valores democráticos y la libertad y seguridad de las personas y de sus bienes.
Las políticas transversales deben sustentarse en instituciones también transversales que estructuren el sistema de seguridad integral que Cataluña merece.
Es en este sentido que se pretende la creación de un único centro de formación e investigación para la adquisición de cualificaciones y competencias profesionales en el ámbito de la seguridad, capaz de crear colectivamente