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LEYES DE NAVARRA
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LEY FORAL 9/2000, de 21 de septiembre, de concesión de un suplemento de crédito para el Departamento de Educación y Cultura.
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Martes 2O febrero 2OO1

BOE núm. 44

3422 LEY FORAL 9/2OOO, de 21 de septiembre, de concesión de un suplemento de crédito para el Departamento de Educación y Cultura.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA

Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral de concesión de un suplemento de crédito para el Departamento de Educación y Cultura.

Se ha puesto de manifiesto en el Departamento de Educación y Cultura insuficiencias presupuestarias en las dotaciones relativas a la contratación de personal temporal para poder atender las necesidades de profesorado.

En consecuencia, y para atender estas necesidades, se concede el suplemento de crédito correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley Foral 8/1988, de 26 de diciembre, de la Hacienda Pública de Navarra.

Artículo 1.

Se concede un suplemento de crédito por importe de 767.915.287 pesetas para atender las necesidades del Departamento de Educación y Cultura. Este importe se aplicará a las siguientes partidas presupuestarias:

41000-1310-421 1, proyecto 00000, línea 14320-6, denominada «Retribuciones del personal contratado temporal», por importe de 577.257.265 pesetas.

41000-1600-421 1, proyecto 00000, línea 14360-5, denominada «Seguridad social», por importe de 190.658.022 pesetas.

Artículo 2.

La financiación del referido suplemento de crédito se realizará con los mayores ingresos de la partida 1 1400-8700, proyecto 12000, línea 39325-0, denominada «Aplicación del superávit de ejercicios anteriores», por importe de 767.91 5.287 pesetas.

Disposición final.

La presente Ley Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Navarra».

Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de S.M. el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el «Boletín Oficial de Navarra» y su remisión al «Boletín Oficial del Estado» y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.

Pamplona, 21 de septiembre de 2000.

MIGUEL SANZ SESMA Presidente

(Publicada en el uBoletín Oficial de Navarra» núm. 1 18. de 29 de septiembre de 2000)
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