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LEY 5/2000, de 20 de abril, del Instituto Balear de la Mujer. |
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18112
Miércoles 17 mayo 2OOO
BOE núm. 118
9098 LEY 5/2000, de 2O de abril, del Instituto Balear de la Mujer.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE LAS ILLES BALEARS
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de las Islas Baleares ha aprobado y yo, en nombre del Rey, y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 27.2 del Estatuto de Autonomía, tengo a bien promulgar la siguiente Ley:
Exposición de motivos
La igualdad como derecho básico disfruta de un amplio patrocinio constitucional. Así, el artículo 1.1 la propugna como valor superior del ordenamiento jurídico; en el artículo 9.2 se formula mandato expreso a los poderes públicos para que la hagan efectiva y en el artículo 14, por el principio de igualdad ante la Ley, se proscribe cualquier discriminación por razón de sexo.
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