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Martes 7 agosto 2OO1
BOE núm. 188
15385 LEY 5/2001, de 9 de julio, de Promoción y Desarrollo de la Investigación Científica y la Innovación.
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 12.8 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley.
PREÁMBULO I
La promoción y el fomento de la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación constituyen una prioridad estratégica para garantizar el progreso social y económico de cualquier sociedad moderna. Los cambios socioeconómicos verificados en las últimas décadas, los que están en curso y los que parecen avecinarse convierten la innovación en una necesidad para que el tejido productivo y empresarial pueda ser competitivo en una economía cada vez más global. En consecuencia, el desarrollo y estímulo de los factores generadores de una mayor capacidad innovadora devienen elemento clave para la mejora de la competitividad, el crecimiento económico y las posibilidades de creación de empleo, con la consiguiente mejora del bienestar social.
La investigación científica, la generación de conocimiento y la innovación se encuentran manifiestamente interrelacionados. Sólo las sociedades que cuenten con una oferta de conocimiento derivada de un sólido potencial investigador estarán en condiciones de generar innovación, aunque para ello resultará crucial la concurrencia de otro elemento: la fluidez en la transferencia de conocimientos al sector productivo y empresarial.
La investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación constituyen en sí mismos objetivos imprescindibles para cualquier sociedad, pero combinar todos ellos en las proporciones adecuadas y fomentar su interactuación constituye una ineludible exigencia de futuro a la que Canarias no puede permanecer ajena.