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Miércoles 13 febrero 2OO2
BOE núm. 38
La Consejería de Turismo y Cultura indica que con motivo de las obras de construcción del edificio anexo al Auditorio y Centro de Congresos Región de Murcia se han debido realizar tres proyectos modificados con el fin de adecuar la construcción a las necesidades del mismo, según informe del Arquitecto Director de las obras, lo que representa un coste adicional por importe de 238 millones de pesetas (1.430.408,81 euros). Comoquiera que la financiación de este proyecto se realizaba mediante una autorización de endeudamiento a la Empresa Pública Regional «Murcia Cultural, Sociedad Anónima», según consta en el artículo 43.1 de la Ley 12/ 1998, de 31 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 1 999, en la presente Ley se propone autorizar a la mencionada Empresa Pública Regional a concertar una operación de crédito con plazo de reembolso superior al año por un importe
máximo de 238 millones de pesetas (1.430.408,81 euros) y con destino a la financiación de los proyectos modificados de las obras de construcción del edificio anexo al Auditorio y Centro de Congresos Región de Murcia.
Para atender las necesidades expuestas y conforme a lo dispuesto en el artículo 40 del Decreto Legislativo 1/1999, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, es preciso tramitar una Ley de Suplemento de Crédito por importe de 1.01 7.702.758 pesetas (6.116.516,76 euros).
Artículo 1.
Se autoriza un suplemento de crédito por importe de 1.017.702.758 pesetas (6.116.516,76 euros) a consignar en las siguientes partidas presupuestarias:
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Aplicación presupuestaria
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17.06. 712F.649 15.04.422J.223 1 4.02.43 1A.786
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Otro inmovilizado inmaterial ........................................... Transportes .............................................................. Subvención adquisición viviendas financiadas por CARM ..........
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241.769.000 34.768.410 596.050.758
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1.453.060,95 208.962,35 3.582.337,20
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Artículo 2.
El origen de los recursos que han de financiar este Suplemento de Crédito, son los mayores ingresos producidos en el concepto 13.06.111 «Impuesto sobre Patrimonio», por importe de 138 millones de pesetas (829.396,70 euros), y las retenciones de crédito efectuadas en las partidas presupuestarias que a continuación se relacionan, por importe de 879.702.758 pesetas (5.287.120,06 euros).
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16.02.741A.649 15.04.422B.601.99 11.05.444A.765.99 11.05.444A.765.00 14.02. 431A.784.99 14.02. 431A.784.00 02.05.01 1A.310.01
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1 1.800.000 41.918.968 26.149.543 5.311.578 522.410.431 260.238 271 852.000
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70.919,43 251.938,07 157.161,92 31.923,23 3.139.749,92 1.564,06 1.633.863,43
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Artículo 3.
Se autoriza a la Empresa Pública Regional «Murcia Cultural. Sociedad Anónima», a concertar una operación de crédito con plazo de reembolso superior al año por
un importe máximo de 238 millones de pesetas (1.430.408,81 euros) con destino a la financiación de los proyectos modificados de las obras de construcción del edificio anexo al Auditorio y Centro de Congresos Región de Murcia.
Disposición final primera.
Se faculta al Consejo de Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Ley.
Disposición final segunda.
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan y a los Tribunales y Autoridades que correspondan que la hagan cumplir.
Murcia, 29 de noviembre de 2001.
RAMÓN LUIS VALCÁRCEL SISO. Presidente
(Publicada en el uBoletín Oficial de la Región de Murcia» número 283. de 7 de diciembre de 2O01)