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LEYES DE CATALUÑA
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LEY 13/2002, de 21 de junio, de turismo de Cataluña.
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Martes 16 julio 2OO2

BOE núm. 169

14081 LEY 13/2002, de 21 de junio, de turismo de Cataluña.

EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA

Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 33.2 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente Ley 13/2002, de 21 de junio, de turismo de Cataluña.

PREÁMBULO

I. La situación geográfica de Cataluña, la diversidad de sus recursos y el carácter abierto del pueblo catalán han determinado que nuestro territorio haya sido históricamente un lugar de paso visitado por pueblos y personas de otros países y culturas. Es en los Inicios del siglo que hemos dejado atrás cuando se empieza a tomar conciencia de que muchos de estos desplazamientos responden a finalidades de carácter turístico. Se detecta así la presencia en nuestro territorio de personas que llegan para conocer una realidad diferente de la que les es propia, para ampliar los conocimientos, para disfrutar de paisajes, bellezas o recursos naturales o, simplemente, para encontrar un espacio de ocio o de reposo. En este marco, en 1908 entra en funcionamiento en Barcelona la Societat d'Atracció de Foras-ters, con el patrocinio del Ayuntamiento de la ciudad y con la cooperación de muchas entidades culturales y recreativas. Es en esta época cuando se llevan a cabo los dos primeros congresos de turismo en Cataluña, y cuando empieza a ser perceptible la influencia en las corrientes turísticas de infraestructuras como el puerto de Barcelona o las instalaciones aeroportuarias o de acontecimientos como la Exposición Universal o la Feria de Barcelona.

El turismo, sin embargo, todavía es muy incipiente, como lo demuestra la falta de referencias a este sector en la distribución de competencias realizada en la etapa republicana al amparo de la Constitución de 1931 y del Estatuto de autonomía de 1 932. No obstante, es en esa etapa republicana cuando el carácter atento y la sensibilidad de la sociedad catalana para con este fenómeno propicia la primera intervención de las Instituciones públicas catalanas en el ámbito del turismo. A partir de la representación conferida por el Patronato Nacional de Turismo español, en un momento en el que las autoridades centrales mostraban su escepticismo acerca de las posibilidades del turismo, la Generalidad constituye la Oficina de Turismo de Cataluña, que
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