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Martes 28 enero 2OO3
BOE núm. 24
1 694 LEY 24/2002, de 5 de diciembre, de Garantías en la Atención Sanitaria Especializada.
Las Cortes de Castilla-La Mancha han aprobado y yo, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Constitución Española, en su artículo 43.1, reconoce el derecho a la protección a la salud. Para hacer efectivo este derecho en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, el Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha atribuye a la Junta de Comunidades competencias de desarrollo legislativo y ejecución en materia de sanidad e higiene, promoción, prevención y restauración de la salud, y la función ejecutiva en materia de gestión de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social.
En el ejercicio de estas competencias, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha promulgó la Ley 8/2000, de 30 de noviembre, de Ordenación Sanitaria de Castilla-La Mancha.
En el artículo 4 de esta Ley 8/2000, se dispone que el Sistema Sanitario de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha garantiza a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de la misma diversos derechos, entre ellos los siguientes:
A recibir información suficiente, comprensible y adecuada cuando haya riesgo para la salud pública.
A la libre elección del profesional sanitario, servicio y centro, en la forma que reglamentariamente se establezca.
A la atención sanitaria adecuada a las necesidades individuales y colectivas, de conformidad con lo previsto sobre prestaciones en esta Ley.
Por otra parte, el artículo 6.2 de la citada Ley 8/2000 establece que la Junta de Comunidades garantizará a la ciudadanía el pleno ejercicio del régimen de derechos y deberes recogidos en esta Ley.
El Real Decreto 1476/2001, de 27 de diciembre, transfirió a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha las funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud, dando cumplimiento a lo dispuesto en el punto 1 del artículo 33 de la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha.
Este hecho va a posibilitar que los problemas de salud de los ciudadanos de Castilla-La Mancha puedan ser atendidos desde la cercanía, y que se puedan incrementar los niveles de calidad y seguridad mediante la potenciación de los servicios sanitarios públicos, a través de un fuerte incremento de las inversiones, la adquisición de alta tecnología y el aumento de profesionales sanitarios, así como la mejora en la formación de éstos.