4908
Jueves 6 febrero 2OO3
BOE núm. 32
2409 LEY 28/2002, de 30 de diciembre, de creación del Instituto para el Desarrollo y la Promoción del Alto Pirineo y Arán.
EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 33.2 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente Ley 28/2002, de 30 de diciembre, de creación del Instituto para el Desarrollo y la Promoción del Alto Pirineo y Aran.
PREÁMBULO
Los territorios del Alto Pirineo (Alta Ribagorca, Alt Urgell, Cerdanya, Pallars Jussá y Pallars Sobirá) y Aran constituyen una unidad territorial con una especificidad propia. Por ello, a una serie de necesidades —sanitarias; de turismo de montaña; agrícolas, ganaderas y forestales; de comunicaciones e infraestructuras viarias; de enseñanza, y de mejora del habitat rural, entre otras—, distintas de las del resto del país, es preciso responder, lógicamente, con políticas sectoriales también diferenciadas que garanticen plenamente la igualdad de oportunidades de sus habitantes.
La Generalidad considera prioritario dar un impulso a las políticas de sus departamentos en estas comarcas, con el fin de fomentar su proyección y su desarrollo integral con vistas a alcanzar un crecimiento sostenible y territorialmente equilibrado y armónico.
De conformidad con la Moción 78/VI del Parlamento de Cataluña, sobre el desarrollo de las zonas rurales de montaña, y con el principio de promoción de las condiciones favorables para el progreso social y económico y el principio de protección y mejora del medio ambiente y la calidad de vida, este impulso debe comportar un tratamiento diferenciado de las áreas de montaña.
Igualmente, considera necesario favorecer la implicación de las instituciones locales, representadas por