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LEYES DE CATALUÑA
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LEY 5/2004, de 9 de julio, de creación de guarderías de calidad.
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BOE núm. 233

Lunes 27 septiembre 2OO4

31935

Disposición final primera.

El Gobierno debe dotar las partidas presupuestarias necesarias en los presupuestos de la Generalidad a fin de cumplir, en los plazos establecidos, lo dispuesto por la presente Ley.

Disposición final segunda.

Se autoriza al Gobierno a dictar las normas necesarias para el desarrollo de la presente Ley.

Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley cooperen en su cumplimiento y que los tribunales y autoridades a los que corresponda la hagan cumplir.

Palacio de la Generalidad, 9 de julio de 2004.

PASQUAL MARAGALL I MIRA, Presidente

(Publicada en el Dialio Oficial de la Generalidad de Cataluña número 4175, de 17 de julio de 2004.1
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