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LEYES DE CATALUÑA
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LEY 12/2005, de 17 de noviembre, de nueva regulación del Centro de Innovación y Desarrollo Empresarial (CIDEM).
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20886 LEY 12/2005, de 17 de noviembre, de nueva regulación del Centro de Innovación y Desarrollo Empresarial (CIDEM).

EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA

Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 33.2 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente Ley 12/2005, de 17 de noviembre, de nueva regulación del centro de innovación y desarrollo empresarial (CIDEM)

Preámbulo

La intensa competencia de los mercados, la rápida sucesión de avances científicos y tecnológicos y la importancia del conocimiento como motor de la innovación y del progreso tecnológico sitúan entre las prioridades de la política industrial de la Generalidad el fomento de la innovación y de la flexibilidad de las empresas catalanas. En este escenario, las políticas públicas deben facilitar la adaptación de las empresas a las nuevas condiciones de los mercados, a las nuevas tecnologías, a las nuevas pautas de consumo y a los nuevos canales de distribución, ya que la flexibilidad de organización y el esfuerzo de innovación de las empresas son factores determinantes para mejorar la productividad, la presencia exterior y, en último término, el crecimiento económico y la creación de empleo.

Sólo con un tejido productivo flexible a los cambios que experimenten los mercados y capaz de transformar el conocimiento en innovaciones, Cataluña podrá participar del objetivo que se ha fijado la Unión Europea de convertirse en la economía basada en el conocimiento más competitiva y dinámica del mundo, una economía capaz de un desarrollo sostenible, con más y mejores puestos de trabajo y una mayor cohesión social.

La economía catalana tiene el suficiente potencial endógeno para situarse entre las economías más dinámicas e innovadoras de la Unión Europea. Ahora bien, para conseguir este objetivo es preciso implicar a los diferentes niveles de la Administración en una estrategia ambiciosa que facilite el crecimiento sostenible y la creación de puestos de trabajo adecuados al nivel de formación de la población catalana. En consecuencia, la Generalidad debe establecer mecanismos de coordinación con las políticas industriales de la Unión Europea, el Gobierno español y las administraciones locales. Asimismo, debe fomentar la participación de las empresas, los agentes sociales, las universidades o las infraestructuras tecnológicas, a fin de implicar estos distintos agentes en una dinámica de cooperación institucional y empresarial.

Cataluña debe transitar de una economía basada en la gestión de los recursos a un nuevo modelo basado en la creatividad y la gestión de los conocimientos. Por este motivo es necesaria una nueva política industrial con los objetivos de facilitar la innovación, la transferencia y la difusión de tecnología y del conocimiento a las empresas, el desarrollo empresarial y la internacionalización.

El desarrollo de esta política industrial precisa combinar acciones horizontales, para el conjunto de las empresas catalanas, con acciones que respondan a las características específicas y las trayectorias tecnológicas de los distintos sectores y territorios, de forma que su actuación potencie la capacidad de innovación y la productividad de

las empresas que pertenecen a un sector industrial o a un ámbito territorial determinado.

La capacidad de innovación y la presencia de empresas innovadoras constituyen factores clave para mejorar la productividad y, en consecuencia, conseguir elevados ritmos de crecimiento económico. La creación de un entorno innovador robusto favorece el aumento de los recursos empresariales destinados a la investigación y el desarrollo (I+D), el nacimiento y la supervivencia de empresas de base tecnológica y el desarrollo de estrategias empresariales basadas en la innovación tanto del proceso y como del producto. Para gozar de estos espacios apropiados es fundamental la existencia de estructuras que faciliten la transferencia y la difusión tecnológica que, a escala sectorial y territorial, generen entornos innovadores, especialmente para las pequeñas y medianas empresas catalanas. Para crear estas atmósferas creativas que faciliten el cambio, el aprendizaje y la innovación empresarial es preciso fomentar la articulación y la consolidación del sistema catalán de innovación, que comprende todos los agentes privados e institucionales que generan, transfieren y aplican nuevos conocimientos en el proceso de innovación empresarial.

Por otra parte, el desarrollo empresarial y la creación y atracción de nuevas empresas son fuerzas fundamentales para el crecimiento de los países desarrollados. La política industrial debe favorecer, particularmente a las pequeñas y medianas empresas, el acceso a la información y los servicios para la mejora de su competitividad. Asimismo, debe fomentar el espíritu emprendedor tanto de las mujeres como de los hombres, ya que son agentes que impulsan el cambio y el crecimiento económico con la generación e incorporación de ideas innovadoras en el tejido productivo. La creación y atracción de nuevas empresas, particularmente en los sectores intensivos en conocimiento y de alto potencial de crecimiento, son una fuente importante de progreso técnico, de nuevos perfiles laborales y de renovación del tejido productivo. En consecuencia, la política industrial debe impulsar la loca-lización de las empresas y fomentar la atracción de las actividades que complementen el tejido empresarial de Cataluña, que aporten mejoras tecnológicas y que impulsen una especialización en sectores y productos de valor añadido.

Si hoy la política industrial tiene unos nuevos retos, las organizaciones necesarias para su ejecución deben tener nuevos objetivos estratégicos y nuevas funciones. De ahí la necesidad de rediseñar el Centro de Innovación y Desarrollo Empresarial (Cidem). El Cidem fue creado en 1985, por la Ley 5/1985, de 16 de abril, como Centro de Información y Desarrollo Empresarial. En el año 2000, mediante la Ley 7/2000, de 19 de junio, cambió su nombre por el de Centro de Innovación y Desarrollo Empresarial. A pesar de cambiar su nombre, mantuvo la finalidad y las funciones que le asignaba la Ley original y que hoy se manifiestan como claramente insuficientes.

La presente ley mantiene el nombre de la nueva entidad, reconociendo así el importante papel que ha representado el Cidem durante estos años, si bien define la nueva finalidad y las funciones del nuevo Cidem para adaptarlo a las condiciones que anteriormente se han señalado, transformando su estructura orgánica, redise-ñando sus órganos de gobierno, introduciendo un consejo de gobierno y un consejo asesor y creando la Agencia Catalana de Inversiones (ACI), que nace como un área especializada del Cidem con una finalidad y unas funciones determinadas, con la finalidad de promover la implantación en Cataluña de nuevas actividades empresariales estratégicas y apoyar las políticas del Gobierno en materia de localización exterior de las empresas catalanas, de acuerdo con el organismo que tenga asignada la función de impulsarlas. Finalmente, establece una articulación entre el Cidem y el departamento competente en materia
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