BOE núm. 2O3
Jueves 24 agosto 2OOO
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1 5934 LEY 10/2000, de 7 de julio, de Ordenación del Transporte en Aguas Marítimas y Continentales.
EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 33.2 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente Ley 1 0/2000, de 7 de julio, de Ordenación del Transporte en Aguas Marítimas y Continentales.
PREÁMBULO
En Cataluña, un país que tradicionalmente ha vivido de cara al mar, el transporte marítimo, centrado esencialmente en el transporte de pasajeros con fines turísticos, tiene especial relevancia tanto desde el punto de vista cultural como del fomento de un turismo de calidad, con clara repercusión económica. En los últimos tiempos estas actividades de carácter lúdico, que tienen las aguas como escenario, se han incrementado notablemente, lo cual hace inaplazable el establecimiento de una regulación con rango legal que garantice el desarrollo de todas estas actividades de transporte.
El transporte fluvial del río Ebro, que ha tenido especial relevancia en Cataluña a lo largo de muchos años, ha sido impulsado y garantizado por la Generalidad.
El artículo 9.15 del Estatuto de Autonomía de Cataluña reconoce la competencia exclusiva de la Genera-