21408 LEY38/2006, de 7 de diciembre, reguladora de la gestión de la deuda externa.
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren. Sabel: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Las situaciones de endeudamiento insostenible suponen un lastre a las posibilidades de desarrollo de numerosos países. Tras más de dos décadas de convivencia con esta realidad, parece claro que no se ha llegado a soluciones efectivas, a pesar de que se han propuesto distintas iniciativas para afrontar este problema, lo que ha aumentado la magnitud de la situación, haciendo inviable en muchos países, especialmente aquellos más pobres, cualquier estrategia eficaz de desarrollo.
Por esta razón la demanda de una salida efectiva al endeudamiento de dichos países ha constituido el centro de una de las más amplias movilizaciones de la sociedad civil de los últimos años, congregando a un amplio espectro de organizaciones tanto del Norte como del Sur.
A pesar de que la comunidad internacional ha seguido preocupada por la deuda externa de los países en vías de desarrollo y por el establecimiento en los países acreedores, de mecanismos para su gestión que favorezcan el desarrollo -de ello es ejemplo el denominado Consenso de Monterrey -y de que la sociedad civil ha continuado reivindicando la adopción de medidas que liberen a los países afectados de esta gran carga, lo cierto es que son