TodaLaLey
Inicio TodaLaLey

Textos Completos
Boletines Nacionales
Boletines Autonómicos
Boletines Provinciales

Legislación
Leyes Orgánicas
Leyes Ordinarias
Reales Decretos Leyes
Reales Decretos Legislativos
Leyes de CC.AA.

Contratos
Civiles
Mercantiles

Formularios
Administrativos
Procesales
Más formularios

Guías
Civiles
Mercantiles
Laborales
Administrativas y Procesales

Administración Pública
Admiweb
Becas
Ayudas y Subvenciones
Concursos
Empleo Público

Otros
Libros
Hoteles
Postales
Cursos, Masters y oposiciones
Canal Hipoteca
Tu Divorcio

LEYES DE GALICIA
Volver a Leyes de Galicia
Ley 16/2007,de 26 de diciembre,de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el 2008.
Pág. 1 de 102    Pag +
Versión para imprimir 

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA

2988 LEY 16/2007, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2008.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 1

Los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el año 2008 son la expresión financiera de la política económica del Gobierno gallego para esta anualidad. Junto con las cifras de ingresos y gastos en los distintos capítulos y secciones, incorporan las principales prioridades y objetivos de actuación que se pretenden con su ejecución.

Estos presupuestos se formulan en un contexto de sólido crecimiento de la economía gallega, que constituye la mejor garantía para hacer frente con éxito a las eventuales consecuencias que pudieran derivarse de las turbulencias en los mercados financieros.

Los últimos registros económicos confirman que Galicia avanza a buen ritmo en la senda de la convergencia, manteniendo una tasa de crecimiento del PIB por encima del conjunto español y del de la UE, una mejora del mercado de trabajo y un fuerte dinamismo en las exportaciones internacionales de bienes. El cuadro de previsiones que acompañan a estos presupuestos confirma la continuidad de este proceso a lo largo del año 2008.

Esta favorable situación económica aconseja, por una parte, profundizar en las políticas que están teniendo resultados positivos y, por otra, hace posible también atender a las nuevas demandas en el ámbito de los servicios sociales y comunitarios. Aumentar el bienestar social con medidas en orden a una mayor cohesión social y territorial es también un objetivo específico de estos presupuestos.

Este nuevo impulso al gasto productivo se desarrolla por medio de las políticas que apoyan el crecimiento de la productividad y el incremento de la competitividad de nuestra economía: innovación, desarrollo e investigación, educación y formación del capital humano e infraestructuras que doten de una mejor conectividad y accesibilidad al territorio. Un modelo de crecimiento que, para cumplir con las exigencias de la sostenibilidad, atiende a las necesidades de depuración de nuestras costas y ríos y prioriza las inversiones en el transporte público urbano y metropolitano más eficiente, seguro y sosteni-ble, que constituye un instrumento básico de cohesión territorial y social.

La prioridad en el gasto social se concreta en nuevos incrementos de la inversión en sanidad, especialmente en atención primaria y salud pública; en facilitar el acceso a la vivienda; en acciones para la igualdad y promoción de la mujer, en concordancia con la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y en el tratamiento integral de la violencia de género, así como en la protección de la infancia.

Como consecuencia de la aplicación de la nueva Ley de dependencia, estos presupuestos del 2008 ponen el acento también en el gasto social, con especial atención a los sectores más desfavorecidos, personas mayores, con discapacidad y dependientes, elevándose el gasto para cubrir las necesidades en servicios asistenciales para la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.

En esta orientación social del gasto, estos presupuestos priorizan las acciones destinadas a aumentar la creación de empleo de calidad, a la prevención de riesgos laborales y a favorecer la igualdad entre hombres y mujeres en el trabajo, cumpliendo así con los compromisos contemplados en el acuerdo por el empleo en el marco del diálogo social y de acuerdo con la Ley 2/2007, de 28 de marzo, del trabajo en igualdad de las mujeres de Galicia.

Finalmente, estos presupuestos del 2008, elaborados respetando el principio de estabilidad presupuestaria, se presentan en equilibrio y por tanto sin recurso a la deuda, incorporando como novedad en la asignación su finalidad y capacidad de orientar el gasto público en los planes estratégicos del Gobierno gallego, complementando así las fórmulas convencionales de asignación del gasto.

En fin, estas prioridades y metodología facilitan el marco de unas cuentas públicas transparentes, rigurosas, eficientes y eficaces que incorporan indicadores para medir los resultados de los planes y programas planteados para el 2008, y evaluar así la política económica del Gobierno.

Por lo que respecta al marco jurídico en que habrán de desarrollarse las actuaciones previstas en los presupuestos del año 2008, las principales novedades que se incorporan al texto articulado de la ley son las siguientes.

Dentro del título I, «Aprobación de los presupuestos y régimen de las modificaciones de crédito», se determina el importe estimado para el año 2008 de los beneficios fiscales que corresponden a los tributos cedidos total o parcialmente por el Estado a la Comunidad Autónoma, y se declaran ampliables los créditos destinados al pago de las ayudas directas a mujeres víctimas de malos tratos.

En el título II, «Gastos de personal», aparece recogido el incremento retributivo -un 2 %-del personal al servicio de la Comunidad Autónoma, y se adapta su clasificación profesional a los nuevos grupos establecidos en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del estatuto básico del empleado público. Adicionalmente se autoriza un incremento del 1% de la masa salarial de los funcionarios en activo y de los sometidos a régimen administrativo y estatutario, al objeto de acomodar progresivamente el complemento específico de forma que permita la percepción de catorce pagas al año.

Igualmente dentro de este título se regula la oferta de empleo público para el año 2008. Por otra parte, se contempla la posibilidad de adaptar las relaciones de puestos de trabajo a la creación de plazas derivadas de declaraciones por sentencias judiciales.

Las «operaciones de endeudamiento y garantía» aparecen reguladas en el título III y se acomodan al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. Con arreglo a ese criterio, en el año 2008 la posición neta deudora de la Comunidad Autónoma no experimentará variación.

En el título IV, referente a la «gestión presupuestaria», y como garantía de un mejor control sobre el crecimiento de los gastos plurianuales, que comprometen créditos de ejercicios futuros, se establece que la autorización de ese tipo de gastos quedará sometida al cumplimiento de las determinaciones que establezca el Gobierno gallego a propuesta de la Consellería de Economía y Hacienda. También se actualizan para el año 2008 las cuantías de los módulos económicos de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados.

En el título V, «Corporaciones locales», se establecen los nuevos porcentajes de participación de los ayuntamientos gallegos, a través de los fondos principal, adicional y complementario del Fondo de Cooperación Local, en los tributos de la Comunidad Autónoma. Adicionalmente, el fondo complementario se incrementa en
Pág. 1 de 102    Pag +
Versión para imprimir

Hoteles
Hoteles Barcelona
Hoteles Madrid
Hoteles Málaga
Hoteles Mallorca
Hoteles Sevilla
Hoteles Tenerife