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LEYES DE MURCIA
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Ley 8/2007, de 23 de abril, de Fomento y Coordinación de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
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Miércoles 23 julio 2008

BOE núm. 177

El Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia (RCL 1982,1576; ApNDL 9965) establece en su artículo 10.Uno.15 que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre el fomento de la investigación científica y técnica en coordinación con el Estado, especialmente en materias de interés para la Región de Murcia. En su virtud, el ejecutivo regional ha venido desarrollando una serie de actuaciones orientadas, fundamentalmente, al fomento de la investigación y del desarrollo tecnológico y a facilitar la innovación en las empresas de la región, a través de planes estratégicos de desarrollo y del Plan de Ciencia y Tecnología, así como con la puesta en marcha de otras iniciativas e importantes decisiones en este ámbito que, en cierta manera, pretenden también conseguir una coordinación e integración del sistema.

Constituyen actuaciones claves para el reforzamiento del sistema de ciencia, tecnología y empresa de la Región de Murcia, la creación y consolidación del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, que actúa como organismo de fomento y coordinación de la innovación, fundamentalmente en el ámbito empresarial; la creación de la fundación Séneca, en la actualidad constituida como Agencia Regional de Ciencia y Tecnología, en tanto que organismo colaborador en la propuesta y ejecución de las políticas e instrumentos regionales de planificación de la ciencia, el conocimiento y la tecnología, así como la creación de la Universidad Politécnica de Cartagena en 1998, de marcado carácter tecnológico.

Otras iniciativas para el fomento de la actividad de investigación e innovación, que han reforzado también el sistema regional han sido, entre otras, la creación del Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Alimentario, la creación de los centros tecnológicos, la potenciación de los centros sanitarios públicos como centros de investigación en el ámbito de la salud y de los centros públicos de investigación ubicados en la Región, la creación del Parque Tecnológico y de fundaciones para la gestión de la innovación y la investigación, la creación y consolidación de las academias de la Región de Murcia y la potenciación de la función investigadora de las universidades, de forma especial, la consolidación de la Universidad de Murcia como el principal centro de conocimiento científico de la Región y la creación de la Universidad Católica San Antonio de Murcia. Igualmente, la reorganización de la Administración regional ha incidido también en el reforzamiento del sistema.

Mención especial merece el Plan de Ciencia yTecnolo-gía de la Región de Murcia 2003-2006 que ha supuesto un importante ejercicio de reflexión acerca del sistema de Ciencia, Tecnología y Empresa regional y ha permitido establecer orientaciones estratégicas y asignar recursos a planes y actuaciones determinadas, al tiempo que contempla ciertos mecanismos de coordinación del sistema.

No obstante, y pese a los avances producidos en la articulación del sistema de ciencia, tecnología y empresa regional y a los incrementos de los recursos materiales y humanos disponibles, así como en la implantación de ciertos mecanismos de coordinación, existen todavía determinados problemas derivados de la realidad social y económica de nuestra Comunidad Autónoma que se deben superar.

El todavía escaso peso específico de las actividades de investigación y desarrollo tecnológico en comparación con otras regiones españolas y europeas; la falta de correspondencia entre los indicadores de innovación y el volumen de recursos humanos disponibles o entre la producción científica y la transferencia de resultados al sector productivo, el insuficiente esfuerzo empresarial en el ámbito de la innovación y la escasa integración y coordinación del sistema, hace necesario que la Comunidad Autónoma diseñe instrumentos y actuaciones tendentes

a corregir estos desajustes. En este ámbito se enmarca la presente Ley de Fomento y Coordinación de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación de la Región de Murcia.

La Ley articula tres grandes líneas de actuación: en primer lugar establece una estructura institucional encargada de la planificación, coordinación y gestión en materia de investigación, desarrollo tecnológico e innovación en torno a objetivos definidos; en segundo lugar consolida un sistema de planificación, para definir las líneas prioritarias de actuación, en concurrencia con los planes de desarrollo regional y que programe la utilización de los recursos disponibles, y finalmente establece una serie de medidas de carácter complementario, dirigidas a fomentar y a incentivar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación en la Región de Murcia.

La Ley pretende, en definitiva, servir de instrumento para la coordinación y planificación del sistema regional de ciencia y tecnología en el marco de la creación de un espacio europeo de enseñanza superior y de investigación y ante la consolidación de la sociedad y de la economía del conocimiento y es fruto de un amplio debate con todos los agentes implicados. Su texto refleja la voluntad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de articular el sistema y de hacer de la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación el motor para el progreso social, económico y cultural de la Región y para la mejora de las condiciones de vida de sus ciudadanos.

IV

La Ley se compone de un título preliminar y cuatro títulos, desarrollados en treinta y cinco artículos, además de cinco disposiciones adicionales, una derogatoria y dos finales.

En el título preliminar, denominado disposiciones generales, se establece el objeto y los fines que se persiguen, los cuales se pueden englobar en un objetivo genérico que es contribuir a la solución de los problemas científicos, económicos, sociales y culturales, a la eliminación de desigualdades y discriminaciones y a mejorar la calidad de vida de los murcianos.

El título I, referido a la organización de la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, está dividido en dos capítulos. El capítulo I aborda la regulación del organigrama administrativo, al que competerá coordinar las actuaciones en estos ámbitos del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia y entre éste y el sector productivo. En concreto, se establece la creación de tres órganos: la Comisión Interdepartamental de Ciencia y Tecnología e Innovación, el Consejo Asesor Regional de Ciencia,Tecnología e Innovación y la Unidad de Gestión del Plan Regional de Ciencia,Tecnología e Innovación.

La Comisión Interdepartamental de Ciencia, Tecnología e Innovación, integrada por representantes de todas las Consejerías de la Administración regional, se configura como un órgano colegiado de planificación, coordinación y seguimiento en materia de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, encargado de coordinar las actividades de los distintos departamentos de la Administración regional en materia de ciencia, tecnología e innovación. En este sentido, le compete debatir las propuestas de iniciativas estratégicas en la materia para su elevación al Consejo de Gobierno y proponer al Consejo de Gobierno la aprobación del Plan Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación.

El Consejo Asesor Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación aparece como un órgano consultivo del Consejo de Gobierno y de la Administración regional en
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