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Ley FORAL 17/2008, de 6 de noviembre, por la que se establece para el período 2008-2011 la cuantía de la prima de jubilación voluntaria complementaria prevista en la Ley Foral 6/2007, de 23 de marzo, por la que se establecen los requisitos para poder percibir la prima de jubilación voluntaria complementaria del personal docente no universitario y por la que se fija la cuantía de dicha prima. |
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Versión para imprimir |
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BOE núm. 294
Sábado 6 diciembre 2008
48937
Año 2009
2009.-Funcionarios pertenecientes a los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, de Música y Artes Escénicas, de Artes Plásticas y Diseño, de Escuelas Oficiales de Idiomas y al Cuerpo de Inspectores de Educación
2009.-Funcionarlos pertenecientes al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, al Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, al Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y al Cuerpo de profesores de Escuelas Oficiales
de Idiomas
2009.-Funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional o al Cuerpo de Maestros
de Taller de Artes Plásticas y Diseño
2009.-Funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Maestros
Año 2010
2070. -Funcionarios pertenecientes a los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, de Música y Artes Escénicas, de Artes Plásticas y Diseño, de Escuelas Oficiales de Idiomas y al Cuerpo de Inspectores de Educación
2070.-Funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaría, al Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, al Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y al Cuerpo de profesores de Escuelas Oficiales de
Idiomas
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