43132
Jueves 12 diciembre 2OO2
BOE núm. 297
241 57 LEY 7/2002, de 24 de octubre, de Cesión del Dominio de Monte a Entidad Local.
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA
Sea notorio a todos los ciudadanos que la Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía, vengo a promulgar la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El artículo 8.2 de la Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de Extremadura, atribuye a la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco de la legislación básica del Estado y en jos términos que la misma establezca, el desarrollo legislativo y ejecución en materia de montes y aprovechamientos forestales, operando por Real Decreto 1594/1984, de 8 de febrero, el traspaso de funciones y servicios precisos para el ejercicio de aquéllas.
Tras las transferencias del Estado, el monte denominado «Lote del Medio», que hoy es objeto de cesión, pasa a ser propiedad de la Comunidad Autónoma de Extremadura, catalogado con el número 97 de Utilidad Pública de los de la provincia de Cáceres.