Acerca del capital social, acciones o participaciones, socios...
1.-¿Qué es una Sociedad Laboral?
2.-Necesidad de la calificación de “Sociedad Laboral”.
3.-Acerca del capital social y de los socios
El capital social está dividido en acciones (en el caso de las sociedades anónimas laborales) y en participaciones (en el caso de las sociedades limitadas laborales).
En el caso de sociedad anónima laboral el desembolso de dividendos pasivos debe efectuarse dentro del plazo señalado en los estatutos de la sociedad.
No es válida la creación de acciones de la clase laboral (para los socios trabajadores) privadas del derecho de voto.
Ninguno de los socios puede poseer acciones (en el caso de las sociedades anónimas laborales) o participaciones (en el caso de las sociedades limitadas laborales) que representen más de la tercera parte del capital social (a no ser que se trate de sociedades laborales participadas por el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales o las sociedades públicas, en cuyo caso la participación de las entidades públicas podrá superar dicho límite, sin alcanzar el 50 por 100 del capital social. Igual porcentaje podrán poseer las asociaciones u otras entidades sin ánimo de lucro).
Si se incumplen los límites indicados, la sociedad tendrá que acomodar la situación a estos límites en el plazo de un año a contar desde el primer incumplimiento.
4.-Clases de acciones y de participaciones
5.-Acerca de la denominación social
6.-¿Se pueden impugnar los acuerdos sociales?