Acerca del capital social, acciones o participaciones, socios...
1.-¿Qué es una Sociedad Laboral?
2.-Necesidad de la calificación de “Sociedad Laboral”.
3.-Acerca del capital social y de los socios
4.-Clases de acciones y de participaciones
Las acciones de las sociedades anónimas laborales y las participaciones de las sociedades limitadas laborales se dividen en dos clases: las que son de propiedad de los trabajadores por tiempo indefinido (acciones de clase laboral) y las restantes (acciones de clase general).
Las acciones de las sociedades anónimas laborales tienen que estar representadas obligatoriamente por medio de títulos, individuales o múltiples, numerados correlativamente, en los que, además de los datos generales, se indicará la clase a la que pertenecen.
Los trabajadores con contrato por tiempo indefinido que adquieran acciones o participaciones sociales pertenecientes a la clase general tienen derecho a exigir de la sociedad que las incluya en la clase laboral.
Son los administradores, sin necesidad de acuerdo de la Junta General, quienes formalizan el cambio de clase y modifican el artículo o artículos de los estatutos a los que esto afecta, otorgando la pertinente escritura pública que se inscribirá en el Registro Mercantil.
5.-Acerca de la denominación social
6.-¿Se pueden impugnar los acuerdos sociales?