Es nulo, cualquiera que sea la forma de su celebración:
1. El matrimonio celebrado sin consentimiento matrimonial.
2. El matrimonio celebrado entre:
-Los menores de edad no emancipados.
-Los que estén ligados con vínculo matrimonial.
-Los parientes en línea recta por consanguinidad o adopción.
-Los colaterales por consanguinidad hasta el tercer grado.
-Los condenados como autores o cómplices de la muerte dolosa del cónyuge.
-Los condenados como autores o cómplices de la muerte dolosa del cónyuge de cualquiera de ellos.
(Salvo los casos en que exista dispensa)
3. El que se contrae sin la intervención del Juez, Alcalde o funcionario ante quien debe celebrarse, o sin la presencia de los testigos.
4. El celebrado por error en la identidad de la persona del otro contrayente o en aquellas cualidades personales que, por su importancia, hayan sido determinantes para el consentimiento.
5. El contraído por coacción o miedo grave.