Todo acerca de la sociedad de gananciales, separación de bienes y régimen de participación.
1.-¿Para qué sirven las capitulaciones matrimoniales?
2.-¿Cuáles son los regímenes económicos matrimoniales?
El de sociedad de gananciales, el de participación y el de separación de bienes.
- Por la SOCIEDAD DE GANANCIALES se hacen comunes para el marido y la mujer las ganancias o beneficios obtenidos por cualquiera de ellos (que serán bienes gananciales), y que les serán repartidos por la mitad al disolverse aquélla. Son privativos de cada uno de los cónyuges los bienes que no tienen el carácter de gananciales.
- En el régimen de PARTICIPACIÓN cada uno de los cónyuges adquiere el derecho a participar en las ganancias obtenidas por su consorte durante el tiempo en que dicho régimen haya estado vigente. A cada cónyuge le corresponde la administración, el disfrute y la libre disposición tanto de los bienes que le pertenecían en el momento de contraer matrimonio como de los que pueda adquirir después por cualquier título (donación, herencia, compraventa…).
- En el régimen de SEPARACIÓN DE BIENES pertenecen a cada cónyuge los bienes que tenía en el momento inicial del mismo y los que después adquiera por cualquier título (donación, compraventa…). Asimismo corresponderá a cada uno la administración, goce y libre disposición de tales bienes.
3.-¿Cuándo existirá régimen de sociedad de gananciales?
4.-¿Cuáles son los bienes gananciales?
5.-¿Qué son bienes privativos?
6.-¿A quien corresponde la administración de la sociedad de gananciales?
7.-¿Cuándo se disuelve la sociedad de gananciales?
8.-¿Cuándo existirá régimen de participación?
9.-¿Cuándo se disuelve el régimen de participación?