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GUÍA: COMUNIDAD DE VECINOS
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Respuestas a cuestiones que surgen en las comunidades de vecinos: realización de obras en el piso, medidas contra vecinos que realice actividades molestas y contra vecinos morosos, aprobación e impugnación de acuerdos de la Junta de Propietarios...

1.-¿Puedo realizar alguna obra dentro de mi piso? ¿Con qué condiciones?

2.-¿Qué puedo hacer contra un vecino que realiza actividades molestas?

3.-Quiero impugnar un acuerdo de la Junta de Propietarios ¿Qué tengo que hacer?

4.-¿Qué es lo que se puede hacer contra un vecino moroso?

5.-He comprado una vivienda o local ¿Tengo que pagar las deudas del anterior propietario debidas a la comunidad?

- En el supuesto de que se compre una vivienda y existan deudas del anterior propietario a la comunidad, el nuevo propietario responde con la propia vivienda de las cantidades adeudadas durante el año en curso y el año natural (de enero a diciembre) inmediatamente anterior.

- Para evitar sorpresas desagradables, el vendedor del piso o local debe declarar en el contrato de compraventa si están pagados los gastos generales de la comunidad o expresar los que debe, con una certificación del estado de sus deudas con la comunidad (la expide el secretario de la comunidad, con el visto bueno del presidente).

- Sin esta certificación no se puede establecer el documento público, a no ser que el comprador del piso o local, libere al vendedor de la obligación de presentar la certificación (cosa que no es recomendable).

6.-¿Qué porcentaje de votos se necesitan para aprobar un acuerdo por la Junta de propietarios?


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